agosto 8, 2025

El Tribunal Superior de Singapur confirma la validez de la financiación de litigios fuera del contexto de la insolvencia

Actualización de casos

En una decisión histórica, la División General del Tribunal Superior en DNQ contra DNR [2025] SGHC 152 ha confirmado la validez de un acuerdo de financiación de litigios entre terceros en el contexto de un procedimiento privado de ejecución forzosa

Introducción

En una decisión histórica, la División General del Tribunal Superior en el caso DNQ contra DNR [2025] SGHC 152 ha confirmado la validez de un acuerdo de financiación de litigios por terceros en el contexto de un procedimiento privado de ejecución. Se trata de la primera decisión notificada en Singapur que reconoce la financiación de litigios fuera de los contextos de insolvencia o arbitraje, y afirma el compromiso del poder judicial de facilitar el acceso a la justicia mediante mecanismos modernos de financiación.

Setia Law actuó en nombre del demandante en este caso que sienta precedente.

Antecedentes

La demandante, ciudadana del Reino Unido, pretendía ejecutar deudas judiciales por un valor aproximado de 31,2 millones de libras esterlinas obtenidas en un procedimiento ante un tribunal de familia del Reino Unido contra su ex cónyuge, de nacionalidad china y residente permanente en Singapur. Debido a sus dificultades financieras y a importantes problemas de salud, la demandante suscribió un acuerdo de financiación de litigios con un financiador profesional para apoyar el procedimiento de ejecución en Singapur.

El demandado solicitó la nulidad de la demanda basándose en que el acuerdo de financiación era champertous y convertía el procedimiento en un abuso de proceso. También solicitó la suspensión del procedimiento y se opuso a la solicitud del demandante de que se nombraran síndicos sobre sus bienes.

El enfoque del Tribunal sobre la financiación de litigios

El Tribunal aplicó la prueba en tres partes establecida en Re Vanguard Energy Pte Ltd [2015] 4 SLR 597, perfeccionada por el Tribunal de Apelación en DGJ contra Ocean Tankers (Pte) Ltd (en liquidación) [2024] 2 SLR 790. La prueba considera si:

  • El acuerdo es accesorio a una transferencia de propiedad;
  • El financiador tiene un interés legítimo en el litigio; o
  • No existe una posibilidad realista de que la administración de justicia pueda verse perjudicada por el acuerdo.

El demandante se basó únicamente en la tercera excepción.

Acceso a la justicia
El Tribunal constató que la demandante se encontraba en un estado de grave penuria económica y padecía múltiples problemas de salud física y mental. Sin el acuerdo de financiación, no habría podido perseguir la ejecución de las deudas de la sentencia. El Tribunal aceptó que el acuerdo era necesario para permitirle el acceso a la justicia.

Estructura de la indemnización
Según el acuerdo, el financiador aportó hasta 6 millones de dólares en concepto de financiación y tenía derecho a una devolución de hasta tres veces la cantidad financiada, lo que suponía aproximadamente el 56% de lo recaudado. El Tribunal consideró que esta estructura no era objetable, en particular dados los riesgos asociados a la ejecución transfronteriza y las perspectivas de recuperación, por lo demás limitadas, de la demandante.

Control sobre los procedimientos
El Tribunal examinó los términos del acuerdo y constató que el demandante conservaba el pleno control sobre el desarrollo del litigio. Aunque el financiador tenía derechos a recibir actualizaciones y asistir a reuniones, éstos eran de naturaleza pasiva y no equivalían a una influencia o control indebidos. El Tribunal hizo hincapié en que las preocupaciones de orden público se abordan cuando la parte financiada conserva el control principal sobre el procedimiento.

Rechazo de la interpretación restrictiva de la Ley de Derecho Civil
El demandado argumentó que la financiación de litigios debería limitarse a los procedimientos prescritos por la Ley de Derecho Civil y que cualquier desarrollo de la ley debería dejarse en manos del Parlamento. El Tribunal rechazó esta alegación, afirmando que las excepciones del common law según la prueba Vanguard siguen siendo aplicables y que la ausencia de una excepción estatutaria no impide que los tribunales reconozcan acuerdos de financiación válidos en otros contextos.

Implicaciones

Esta decisión confirma que la financiación de litigios no se limita a los procedimientos de insolvencia o arbitraje y puede ser válida en litigios ante el Tribunal Superior cuando no perjudique a la administración de justicia. Sienta un precedente para una aceptación más amplia de la financiación por terceros en Singapur y aporta claridad tanto para los financiadores como para los litigantes y los profesionales.

El razonamiento del Tribunal refleja un enfoque pragmático y basado en principios de la financiación de litigios, reconociendo su papel en la promoción del acceso a la justicia y salvaguardando al mismo tiempo la integridad del proceso judicial.

Comentario

Este caso representa un avance significativo en la jurisprudencia de Singapur sobre financiación de litigios. El detallado compromiso del Tribunal con el acuerdo de financiación y su aplicación de la refinada prueba Vanguard demuestran la voluntad de adaptar las doctrinas tradicionales a las realidades contemporáneas.

Danny Ong, Yam Wern-Jhien, Bethel Chan y Mazie Tan, de Setia Law, actuaron en representación del demandante.

Acceda a la sentencia completa aquí.

Estamos orgullosos de haber actuado para el demandante en este asunto, y seguimos comprometidos con el avance de la innovación jurídica y el acceso a la justicia.

Equipo

Danny Ong
Director General
danny.ong@setialaw.com

Lawyer specialising in blockchain financial and cryptocurrency disputesYam Wern-Jhien
Director
wern.jhien.yam@setialaw.com

Bethel Chan
Directora asociada
bethel.chan@setialaw.com

Mazie Tan
Asociada Senior
mazie.tan@setialaw.com